Cuando una persona contrata un Seguro de Vida suele indicar quién recibirá la indemnización (beneficiario). Si no aparece reflejado, la indemnización pactada engrosará el patrimonio de la persona que lo contrató (tomador ya fallecido) y se incorporará a la herencia que deje a sus descendientes.
Desde la correduría, te recomendamos que revises tu póliza de Vida e identifiques a la/s persona/s beneficiaria/s que realmente desees, no tiene por qué coincidir con quiénes, por ley, perciben la herencia.
Te recuerdo, que la indemnización del Seguro de Vida NO es parte de la herencia porque nunca estuvo incluido en el patrimonio de la persona fallecida.